Vía de larga estancia · Latinoamérica
Estancia de turista de Perú 2026: requisitos y costo
Perú no tiene una visa de nómada digital que funcione: la calidad migratoria 'nómada digital' de 365 días (Decreto Legislativo 1582, noviembre de 2023) nunca se reglamentó y Migraciones no tiene trámite para ella. Los trabajadores remotos usan la estancia de turista, limitada por ley a 183 días al año: en la práctica 90 días prorrogables una vez, o 90 en cada 180 para la UE.
Nombre oficial: Calidad migratoria temporal de turista (Decreto Legislativo N° 1350, artículo 29.1); the calidad migratoria 'nómada digital' of Decreto Legislativo N° 1582 is in the law but not yet regulated. Datos actualizados el 2026-10-13 · Aún no revisada por una persona · Conjunto de datos 2026.10.7.
Aún no revisada por una persona
Elaborada a partir de las páginas oficiales que aparecen abajo, leídas por última vez el 2026-10-13. Ninguna persona con nombre la ha vuelto a revisar todavía; tómala como punto de partida y confirma con la fuente antes de solicitarla.
Quién puede solicitarla
Cualquier nacionalidad puede entrar como turista, con o sin visa. La tabla de exoneraciones de la Cancillería (versión del 16 de julio de 2026) exime de la visa de turista a casi toda América, Europa y Oceanía y a Japón, Corea del Sur, Israel, Singapur, Malasia, Tailandia, Filipinas, Indonesia, Emiratos Árabes Unidos y Sudáfrica, entre otros; la mayoría de los pasaportes africanos y muchos asiáticos necesitan una visa consular de turista. La calidad de nómada digital estaría abierta a cualquier extranjero empleado por una empresa domiciliada fuera del Perú, pero sus condiciones nunca se han dictado, así que nadie puede solicitarla.
Qué necesitas
- Pasaporte con al menos seis meses de vigencia al ingresar (los ciudadanos de la Comunidad Andina y del Mercosur pueden entrar con su cédula de identidad)
- Pasaje de vuelta o de salida y prueba de fondos, por si el oficial de frontera los pide
- Tarjeta Andina de Migración virtual, descargada gratis tras el ingreso, como prueba de tu permanencia autorizada en controles de la Policía o de Migraciones
- Para la visa consular de turista: formulario DGC-005, pasaporte, pasaje o reserva de ida y vuelta, certificado de antecedentes penales, reserva de hotel o de paquete turístico o carta de invitación legalizada por la Cancillería, un estado de cuenta bancario reciente, dos fotos de 3.5 x 4.5 cm y la tasa de US$30
- Para una residencia de rentista posterior: formulario de solicitud, copia del pasaporte, certificados de antecedentes de los países donde viviste en los últimos cinco años, prueba de un ingreso neto permanente de al menos US$1,000 al mes y declaración jurada de que ingresa al Perú a través de un banco supervisado por la SBS
Prueba de ingresos: No hay requisito de ingresos para la estancia de turista; la visa consular de turista exige un estado de cuenta bancario reciente, y el oficial de frontera puede pedir pasaje de salida y fondos. El reglamento de la calidad de nómada digital que habría fijado un umbral de ingresos nunca se emitió, así que las cifras que citan sitios de terceros no son oficiales. La vía de residencia más cercana para rentas pasivas, rentista residente, exige acreditar un ingreso neto permanente de al menos US$1,000 al mes desde el extranjero, ingresado al Perú a través de un banco supervisado por la SBS.
Familia: No existe una condición de dependiente para turistas: cada miembro de la familia entra con su propio pasaporte bajo su propia exoneración o visa. El artículo de la ley sobre el nómada digital no dice nada de los familiares. Cuando ya tienes una calidad de residente, el cónyuge, los hijos y los padres pueden venir con la calidad de familiar de residente que se solicita en la Agencia Digital.
Costo y plazos
| Ingresos mínimos | sin mínimo fijo |
|---|---|
| Tasa | gratisNo se paga nada en la frontera. La visa consular de turista cuesta 30 soles consulares (US$30 según el tarifario del consulado en Phoenix). La prórroga andina de turista cuesta S/ 17.70 (unos US$5), la residencia de rentista S/ 58.80 si se solicita desde el extranjero o S/ 161.40 como cambio de calidad dentro del Perú (unos US$17 y US$47), y el exceso de permanencia se multa con el 0.1% de la UIT por día, S/ 5.50 en 2026 (UIT de S/ 5,500), unos US$1.59 diarios. Soles convertidos al tipo de cambio interbancario de venta del BCRP del 2026-10-09, S/ 3.454 por dólar. |
| Plazo de tramitación | sin esperaNo hay solicitud: la calidad de turista se otorga al ingresar con el sello en el pasaporte o el registro de las puertas electrónicas, y el prerregistro en MigraCheck es opcional. El consulado en Phoenix indica unos 7 días calendario para la visa de turista tras la entrevista. Los trámites de la Agencia Digital, como la prórroga andina o el cambio a una calidad de residente, se resuelven en un máximo de 30 días hábiles y se notifican a tu buzón electrónico. |
| Estancia | 3 meses, renovable hasta 6 meses |
Cómo solicitarla
En el país. No hay nada que solicitar antes de viajar si tu pasaporte está en la tabla de exoneraciones: presenta en la frontera un pasaporte con al menos seis meses de vigencia. Quienes necesitan visa la piden en el consulado peruano de su país (formulario DGC-005; la Cancillería lanzó una visa electrónica mediante su sistema e-SAMI en agosto de 2026). Las prórrogas, los cambios de calidad migratoria y el permiso gratuito para firmar documentos se presentan en línea en la Agencia Digital de Migraciones (agenciavirtual.migraciones.gob.pe).
- Revisa la tabla de exoneraciones de la Cancillería para tu pasaporte: 90 días prorrogables una vez (EE. UU., Reino Unido, Canadá, Australia, Japón y la mayoría), 90 días en cada 180 (UE y Schengen), 183 días (México, El Salvador, Catar) o visa consular.
- Si necesitas visa, pide cita al consulado por correo, presenta el formulario DGC-005, pasaporte, pasaje o reserva de ida y vuelta, certificado de antecedentes penales, reserva de hotel o carta de invitación legalizada, un estado de cuenta bancario reciente y dos fotos, y paga 30 soles consulares (US$30); calcula alrededor de una semana tras la entrevista.
- Entra al Perú con un pasaporte vigente al menos seis meses (opcionalmente prerregístrate en MigraCheck para usar las puertas electrónicas), pide al oficial el plazo completo que quieres y descarga tu Tarjeta Andina de Migración virtual para ver los días concedidos.
- Cuenta tus días: el tope es 183 en los 365 días desde tu primer ingreso (90 en cada 180 para ciudadanos de la UE); salir y volver a entrar no reinicia el cómputo, y cada día de exceso cuesta el 0.1% de la UIT. Los ciudadanos andinos prorrogan en línea por S/ 17.70; los demás deben pedir la prórroga en la Agencia Digital antes de que venza el sello.
- Para quedarte más tiempo, solicita en la Agencia Digital una calidad de residente que se ajuste a tu caso, como rentista (US$1,000 al mes de renta permanente), trabajador (empleador peruano o contrato de servicios de un año con una empresa peruana) o familiar, y vigila gob.pe/migraciones por si aparece el trámite de nómada digital, que todavía no existe.
Después de llegar
Renovación: La ley limita la estancia de turista a 183 días calendario acumulados en los 365 días desde tu primer ingreso, con prórroga hasta completar los 183 cuando se selló un plazo menor, salvo que el acuerdo de exoneración de visa fije un plazo más corto o no permita prórroga. La tabla de la Cancillería da a los pasaportes de EE. UU., Reino Unido, Canadá, Australia, Japón y la mayoría de los demás exentos 90 días prorrogables una vez por igual periodo, a los ciudadanos de la UE y Schengen 90 días en cada 180, y a mexicanos, salvadoreños y cataríes 183 días no prorrogables; el oficial de frontera registra los días concedidos, visibles en tu Tarjeta Andina de Migración virtual. La calidad de nómada digital, sin reglamentar, daría hasta 365 días prorrogables.
Residencia: Los días como turista no cuentan para la residencia. Las calidades de residente (trabajador con empleador peruano o con contrato de servicios de un año con una empresa peruana, rentista con al menos US$1,000 al mes de pensión o renta permanente, inversionista, familiar, estudiante, investigador) se solicitan en línea en la Agencia Digital de Migraciones por 365 días renovables; el Reglamento concede la residencia permanente tras tres años consecutivos de residencia en el Perú.
Impuestos
Un extranjero pasa a ser residente fiscal en el Perú (domiciliado) tras más de 183 días de permanencia en cualquier periodo de 12 meses (artículo 7 de la Ley del Impuesto a la Renta), y el cambio surte efecto desde el 1 de enero siguiente; los domiciliados pagan tasas progresivas del 8 al 30 por ciento sobre sus rentas del trabajo más las de fuente extranjera. Los no domiciliados tributan solo por rentas de fuente peruana, que según el artículo 9 incluyen las del trabajo personal realizado en el Perú, a una tasa fija del 30 por ciento retenida por un pagador domiciliado; un empleador extranjero no es agente de retención, así que un sueldo ganado trabajando en remoto desde el Perú como turista queda en una zona gris, y la calidad de turista en sí no permite trabajar. Mantente por debajo del tope de 183 días y asesórate.
En la práctica
- Decisión sobre nomadVisa: false. El Decreto Legislativo 1582 (14 de noviembre de 2023) añadió a la ley de migraciones la calidad temporal de 'nómada digital': hasta 365 días prorrogables, para personas empleadas por una empresa domiciliada en el extranjero, sin ingresos de fuente peruana. Dejó las condiciones a un reglamento que el Ejecutivo debía emitir en 182 días y que no se ha publicado; Migraciones dijo en noviembre de 2023 que la calidad solo se otorgará cuando existan el reglamento y un procedimiento en el TUPA, y su catálogo de 71 trámites en gob.pe no tenía ninguna entrada al respecto el 13 de octubre de 2026. Los sitios que citan un requisito de ingresos de US$1,000 o pasos consulares para esta calidad describen una propuesta, no una norma.
- La calidad de turista 'no permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas' (artículo 29.1 de la ley), así que trabajar en remoto para clientes extranjeros como turista es algo tolerado, no permitido: mantén tu nómina y tus clientes fuera del Perú y no factures a empresas peruanas.
- Los oficiales de frontera deciden los días y muchos pasaportes occidentales reciben 90 por defecto, así que pide el plazo completo en la ventanilla y revisa de inmediato la TAM virtual. El cómputo de 183 días corre desde tu primer ingreso del año, de modo que una escapada a Chile o Bolivia no lo reinicia; la tabla de exoneraciones dice que la prórroga del grupo de 90 días se concede una sola vez, y solo la prórroga andina tiene un procedimiento en línea publicado.
- La Agencia Digital de Migraciones es donde se presentan las prórrogas, los cambios de calidad migratoria y el permiso gratuito para firmar contratos: paga primero la tasa en el Banco de la Nación o en págalo.pe con tu número de pasaporte, sube un solo PDF y espera la decisión en tu buzón electrónico en un máximo de 30 días hábiles.
- Lima (Miraflores, Barranco), Cusco y Arequipa tienen los ambientes de coworking; Cusco está a unos 3,400 m y Arequipa a unos 2,300 m, así que planifica los primeros días en consecuencia.
Para tu pasaporte
Elige tu pasaporte en el ranking y las notas que te corresponden pasan arriba.
- UE, EEE, CH:Sin visa por 90 días en cada periodo de 180 contado desde tu primer ingreso, según el acuerdo de exención de visados UE–Perú (Decreto Supremo 022-2016-RE); Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein están en la misma línea de la tabla de la Cancillería. Para este grupo no hay estancia de 183 días.
- US, GB, IE, CA, AU, NZ, JP, KR, IL, ZA, AR, BR, CL, UY, PY, SG, MY, TH, PH, ID, AE:Sin visa por 90 días, prorrogables una vez por igual periodo dentro de los 365 días desde tu primer ingreso (Decreto Supremo 23-95-RE y acuerdos bilaterales), es decir, hasta 180 días al año; los avisos de Migraciones hablan de hasta 183 días. Pide el plazo completo en la frontera y solicita cualquier prórroga en la Agencia Digital antes de que venza el sello.
- MX, SV, QA:Sin visa por 183 días calendario en cualquier periodo de 365 desde tu primer ingreso, en una visita continua o en varias, sin prórroga (México según el Decreto Supremo 012-2024-RE, El Salvador según el Decreto Supremo 028-2023-RE, Catar según un acuerdo bilateral de 2023).
- CO, EC, BO:Comunidad Andina: entras con tu cédula, 90 días como turista, prorrogables en línea en la Agencia Digital por S/ 17.70 hasta 180 días al año; el Estatuto Migratorio Andino también ofrece trámites de residencia temporal y permanente (S/ 58.80 y S/ 161.40).
- TR, RU, UA, GE:Sin visa por 90 días en cada 180 contados desde tu primer ingreso, según la tabla de la Cancillería; no hay estancia de 183 días.
- CN, IN:Sin visa hasta 180 días en 365 solo si tienes una visa vigente por al menos seis meses de EE. UU., Canadá, Reino Unido, Australia o un Estado Schengen, o residencia permanente en uno de ellos; de lo contrario, visa consular de turista.
- Todos los demás pasaportes:La mayoría de los pasaportes africanos y muchos asiáticos (Vietnam, Pakistán, Bangladés, Sri Lanka, Arabia Saudita, Kuwait, Egipto, Marruecos) necesitan una visa consular de turista: US$30, hasta 183 días en 12 meses, alrededor de una semana en el consulado, decidida caso por caso. Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela siempre necesitan visa, con una exención para venezolanos con residencia permanente en Colombia, Chile o México.
Ciudades de Perú en Nostos
- LimaPuntuación equilibrada 63 · $1,178/mes
- TarapotoPuntuación equilibrada 62 · $1,350/mes
- TrujilloPuntuación equilibrada 60 · $1,383/mes
- MáncoraPuntuación equilibrada 60 · $1,350/mes
- HuarazPuntuación equilibrada 53 · $1,350/mes
- CuscoPuntuación equilibrada 51 · $1,383/mes
- ArequipaPuntuación equilibrada 50 · $1,383/mes
- PunoPuntuación equilibrada 50 · $1,350/mes
- IquitosPuntuación equilibrada 45 · $1,350/mes
¿Has solicitado esta visa?
¿Esta guía coincide con lo que encontraste?
Cuenta a otros nómadas cómo te fue.
Resultado, cuánto tardó, cuánto costó y qué no te contó la guía. Tu relato aparece aquí cuando una persona lo ha leído; tu correo nunca aparece.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién puede solicitar la estancia de turista de Perú?
- Cualquier nacionalidad puede entrar como turista, con o sin visa. La tabla de exoneraciones de la Cancillería (versión del 16 de julio de 2026) exime de la visa de turista a casi toda América, Europa y Oceanía y a Japón, Corea del Sur, Israel, Singapur, Malasia, Tailandia, Filipinas, Indonesia, Emiratos Árabes Unidos y Sudáfrica, entre otros; la mayoría de los pasaportes africanos y muchos asiáticos necesitan una visa consular de turista. La calidad de nómada digital estaría abierta a cualquier extranjero empleado por una empresa domiciliada fuera del Perú, pero sus condiciones nunca se han dictado, así que nadie puede solicitarla. Perú no tiene una visa de nómada digital que funcione: la calidad migratoria 'nómada digital' de 365 días (Decreto Legislativo 1582, noviembre de 2023) nunca se reglamentó y Migraciones no tiene trámite para ella. Los trabajadores remotos usan la estancia de turista, limitada por ley a 183 días al año: en la práctica 90 días prorrogables una vez, o 90 en cada 180 para la UE.
- ¿Cuántos ingresos necesitas para la estancia de turista (la calidad de nómada digital aún no está operativa)?
- No hay requisito de ingresos para la estancia de turista; la visa consular de turista exige un estado de cuenta bancario reciente, y el oficial de frontera puede pedir pasaje de salida y fondos. El reglamento de la calidad de nómada digital que habría fijado un umbral de ingresos nunca se emitió, así que las cifras que citan sitios de terceros no son oficiales. La vía de residencia más cercana para rentas pasivas, rentista residente, exige acreditar un ingreso neto permanente de al menos US$1,000 al mes desde el extranjero, ingresado al Perú a través de un banco supervisado por la SBS.
- ¿Cuánto cuesta la estancia de turista (la calidad de nómada digital aún no está operativa) y cuánto tarda?
- No se cobra tasa (Sin tasa para la entrada exenta de visa); No se paga nada en la frontera. La visa consular de turista cuesta 30 soles consulares (US$30 según el tarifario del consulado en Phoenix). La prórroga andina de turista cuesta S/ 17.70 (unos US$5), la residencia de rentista S/ 58.80 si se solicita desde el extranjero o S/ 161.40 como cambio de calidad dentro del Perú (unos US$17 y US$47), y el exceso de permanencia se multa con el 0.1% de la UIT por día, S/ 5.50 en 2026 (UIT de S/ 5,500), unos US$1.59 diarios. Soles convertidos al tipo de cambio interbancario de venta del BCRP del 2026-10-09, S/ 3.454 por dólar. Plazo de tramitación: sin espera. No hay solicitud: la calidad de turista se otorga al ingresar con el sello en el pasaporte o el registro de las puertas electrónicas, y el prerregistro en MigraCheck es opcional. El consulado en Phoenix indica unos 7 días calendario para la visa de turista tras la entrevista. Los trámites de la Agencia Digital, como la prórroga andina o el cambio a una calidad de residente, se resuelven en un máximo de 30 días hábiles y se notifican a tu buzón electrónico.
- ¿Cuánto tiempo puedes quedarte en Perú con la estancia de turista (la calidad de nómada digital aún no está operativa) y se puede renovar?
- 3 meses, renovable hasta 6 meses. La ley limita la estancia de turista a 183 días calendario acumulados en los 365 días desde tu primer ingreso, con prórroga hasta completar los 183 cuando se selló un plazo menor, salvo que el acuerdo de exoneración de visa fije un plazo más corto o no permita prórroga. La tabla de la Cancillería da a los pasaportes de EE. UU., Reino Unido, Canadá, Australia, Japón y la mayoría de los demás exentos 90 días prorrogables una vez por igual periodo, a los ciudadanos de la UE y Schengen 90 días en cada 180, y a mexicanos, salvadoreños y cataríes 183 días no prorrogables; el oficial de frontera registra los días concedidos, visibles en tu Tarjeta Andina de Migración virtual. La calidad de nómada digital, sin reglamentar, daría hasta 365 días prorrogables.
- ¿La estancia de turista (la calidad de nómada digital aún no está operativa) da acceso a la residencia permanente en Perú?
- No por sí sola. Los días como turista no cuentan para la residencia. Las calidades de residente (trabajador con empleador peruano o con contrato de servicios de un año con una empresa peruana, rentista con al menos US$1,000 al mes de pensión o renta permanente, inversionista, familiar, estudiante, investigador) se solicitan en línea en la Agencia Digital de Migraciones por 365 días renovables; el Reglamento concede la residencia permanente tras tres años consecutivos de residencia en el Perú.
- ¿Pueden acompañarte tus familiares con la estancia de turista (la calidad de nómada digital aún no está operativa)?
- No existe una condición de dependiente para turistas: cada miembro de la familia entra con su propio pasaporte bajo su propia exoneración o visa. El artículo de la ley sobre el nómada digital no dice nada de los familiares. Cuando ya tienes una calidad de residente, el cónyuge, los hijos y los padres pueden venir con la calidad de familiar de residente que se solicita en la Agencia Digital.
- ¿Pagas impuestos en Perú con la estancia de turista (la calidad de nómada digital aún no está operativa)?
- Un extranjero pasa a ser residente fiscal en el Perú (domiciliado) tras más de 183 días de permanencia en cualquier periodo de 12 meses (artículo 7 de la Ley del Impuesto a la Renta), y el cambio surte efecto desde el 1 de enero siguiente; los domiciliados pagan tasas progresivas del 8 al 30 por ciento sobre sus rentas del trabajo más las de fuente extranjera. Los no domiciliados tributan solo por rentas de fuente peruana, que según el artículo 9 incluyen las del trabajo personal realizado en el Perú, a una tasa fija del 30 por ciento retenida por un pagador domiciliado; un empleador extranjero no es agente de retención, así que un sueldo ganado trabajando en remoto desde el Perú como turista queda en una zona gris, y la calidad de turista en sí no permite trabajar. Mantente por debajo del tope de 183 días y asesórate.
- ¿Dónde se solicita la estancia de turista (la calidad de nómada digital aún no está operativa)?
- En el país: No hay nada que solicitar antes de viajar si tu pasaporte está en la tabla de exoneraciones: presenta en la frontera un pasaporte con al menos seis meses de vigencia. Quienes necesitan visa la piden en el consulado peruano de su país (formulario DGC-005; la Cancillería lanzó una visa electrónica mediante su sistema e-SAMI en agosto de 2026). Las prórrogas, los cambios de calidad migratoria y el permiso gratuito para firmar documentos se presentan en línea en la Agencia Digital de Migraciones (agenciavirtual.migraciones.gob.pe).
- ¿Perú tiene visa de nómada digital en 2026?
- Solo en el papel. El Decreto Legislativo 1582 de noviembre de 2023 creó la calidad de 'nómada digital' con estancias de hasta 365 días prorrogables para empleados de empresas con sede fuera del Perú, pero sus condiciones quedaron para un reglamento que nunca se ha publicado y Migraciones no tiene procedimiento ni tasa para solicitarla. Hasta que eso cambie, la opción realista es la estancia de turista, o una calidad de residente como rentista si tienes US$1,000 al mes de renta permanente.
- ¿Cuánto tiempo puedo quedarme en el Perú como turista?
- La ley permite hasta 183 días en los 365 días desde tu primer ingreso, pero el acuerdo de exoneración de tu pasaporte fija el límite práctico: 90 días prorrogables una vez para pasaportes de EE. UU., Reino Unido, Canadá, Australia, Japón y la mayoría de los demás exentos, 90 días en cada 180 para ciudadanos de la UE y Schengen, y 183 días no prorrogables para mexicanos, salvadoreños y cataríes. El oficial sella el plazo concedido, y el exceso de permanencia cuesta el 0.1% de la UIT (S/ 5.50 en 2026) por día.
- ¿Puedo cambiar de turista a una calidad de residente dentro del Perú?
- Sí para las calidades que tienen un trámite de cambio dentro del país en la Agencia Digital, como trabajador, rentista, inversionista, familiar o estudiante: pagas S/ 161.40, subes el expediente y esperas hasta 30 días hábiles. La calidad de rentista también se puede solicitar desde el extranjero por S/ 58.80. No existe ningún procedimiento, dentro ni fuera del Perú, para la calidad de nómada digital.
Fuentes
- Decreto Legislativo N° 1582, que modifica el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, Diario Oficial El Peruano (busquedas.elperuano.pe) · consultada el 2026-10-13 · Artículo 29.2(i) nómada digital: trabajo remoto subordinado para una empresa domiciliada en el extranjero, sin ingresos de fuente peruana, otorgada por Migraciones, condiciones fijadas en el Reglamento, hasta 365 días prorrogables; artículo 29.1(h) turista: sin trabajo, 183 días en 365 desde el primer ingreso, prórroga hasta completar 183 salvo que un acuerdo disponga otra cosa; la tercera disposición final da al Ejecutivo 182 días para modificar el Reglamento
- Nueva calidad migratoria 'nómada digital' facilitará a extranjeros teletrabajar desde el Perú, Superintendencia Nacional de Migraciones, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Nota de prensa del 20 de noviembre de 2023: 365 días prorrogables, para trabajadores remotos de empresas domiciliadas en el extranjero; la calidad solo se otorgará cuando se publique el reglamento y el procedimiento se incluya en el TUPA
- Trámites y servicios de la Superintendencia Nacional de Migraciones, Superintendencia Nacional de Migraciones, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Catálogo de 71 trámites y servicios; ninguno para la calidad de nómada digital en la fecha de consulta
- Requerimientos y exoneración de visas para ciudadanos extranjeros que cuenten con pasaportes ordinarios (16-07-2026), Ministerio de Relaciones Exteriores, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Tabla por país: 90 días prorrogables una vez dentro de 365 (grupo del DS 23-95-RE), 90 días por cada 180 (grupo del acuerdo con la UE), 183 no prorrogables (México, El Salvador, Catar), China e India 180 días con visa habilitante, visa exigida a casi toda África y parte de Asia
- Solicitar visa de turista para ingresar al Perú, Ministerio de Relaciones Exteriores, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Visa consular de turista: hasta 183 días en 12 meses, documentos (formulario DGC-005, antecedentes penales, reserva o invitación, estado de cuenta, fotos), unos 7 días, 30 soles consulares (US$30) en el consulado de Phoenix, estadounidenses exentos
- Migraciones brinda recomendaciones a turistas extranjeros que llegan al Perú, Superintendencia Nacional de Migraciones, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Nota de prensa del 8 de junio de 2024: pasaporte con seis meses de vigencia, permiso de turista de hasta 183 días, multa del 0.1% de la UIT por día de exceso, TAM virtual, permiso gratuito para firmar documentos en la Agencia Digital
- Información fundamental para turistas en Perú, Superintendencia Nacional de Migraciones, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Vigencia de seis meses del pasaporte, ingreso con cédula para andinos y Mercosur, TAM virtual, multa por exceso, prórroga andina en línea hasta 180 días al año (página actualizada el 19 de noviembre de 2024)
- Migraciones: ciudadanos del bloque andino pueden prorrogar su permanencia como turistas, Superintendencia Nacional de Migraciones, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Prórroga andina de turista de hasta 90 días (180 al año) en la Agencia Digital por S/ 17.70; residencia temporal y permanente andina S/ 58.80 y S/ 161.40; TUPA de 74 procedimientos publicado el 22 de octubre de 2023
- Solicitar calidad migratoria para rentista residente, Superintendencia Nacional de Migraciones, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Residencia de rentista solicitada desde el extranjero en la Agencia Digital: ingreso neto permanente de al menos US$1,000 al mes, certificados de antecedentes, S/ 58.80, 30 días hábiles
- Cambiar calidad migratoria residente: solicitar cambio de calidad migratoria trabajador residente, Superintendencia Nacional de Migraciones, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Cambio de calidad dentro del país para trabajadores: empleador peruano con RUC activo, contrato de un año o contrato de servicios de un año para independientes, S/ 161.40, 365 días prorrogables, 30 días hábiles
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, Capítulo II (artículos 6 a 13), SUNAT · consultada el 2026-10-13 · Artículo 7(b): los extranjeros son domiciliados tras más de 183 días en cualquier periodo de 12 meses; artículo 9(f): las rentas del trabajo personal realizado en el Perú son de fuente peruana
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, Capítulo VII (tasas), SUNAT · consultada el 2026-10-13 · Artículo 53: escala progresiva del 8, 14, 17, 20 y 30 por ciento sobre las rentas del trabajo y de fuente extranjera de las personas domiciliadas
- Tributación de personas no domiciliadas, SUNAT, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · Las personas no domiciliadas tributan solo por rentas de fuente peruana; retención del 30 por ciento sobre rentas de trabajo independiente y dependiente pagadas por un pagador domiciliado
- MEF establece en S/ 5500 el valor de la UIT para el año 2026, Ministerio de Economía y Finanzas, gob.pe · consultada el 2026-10-13 · UIT de S/ 5,500 desde el 1 de enero de 2026 (Decreto Supremo 301-2025-EF), base de la multa diaria por exceso de permanencia
Aún no revisada por una persona. ¿Has solicitado esta visa? Cuéntanos qué encontraste →